mié. Feb 18th, 2026
SIC estableció normas de obligatorio cumplimiento para proteger datos personales de la ciudadanía en época electoral

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), en su rol de Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales, expidió la Circular Externa No. 002 de 2026, con la cual establece normas de obligatorio cumplimiento para partidos, movimientos políticos, candidatas y candidatos, campañas, empresas de marketing electoral y demás actores vinculados al proceso democrático.

El objetivo de la medida es garantizar el respeto a los derechos fundamentales de la ciudadanía y asegurar el cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1074 de 2015 en el tratamiento de datos personales con fines políticos o electorales.

Principales disposiciones

  • Cumplimiento integral del régimen de protección de datos mediante medidas técnicas y administrativas acordes con los riesgos electorales.
  • Autorización previa e informada de los titulares para cualquier uso de datos personales.
  • Acceso a la Política de Tratamiento en todos los canales de recolección de información.
  • Prohibición de recolectar datos sin autorización a través de herramientas digitales.
  • Restricción en grupos y listas de mensajería, que solo podrán incluir a personas con consentimiento expreso.
  • Finalidades legítimas y claras para el uso de la información.
  • Prohibición de tratar datos sensibles como orientación política sin autorización explícita.
  • Transparencia en segmentación y uso de inteligencia artificial para mensajes políticos.
  • Garantías ágiles para ejercer derechos de actualización, rectificación o supresión de datos.
  • Comunicaciones dirigidas únicamente a miembros y afiliados, sin compartir información con terceros sin autorización.

La SIC subrayó que estas medidas buscan fortalecer la confianza ciudadana en el sistema electoral y reafirmar el compromiso institucional con la protección de datos como pilar esencial de la democracia.

Por Editor

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